Después de varios retrasos en la publicación de la lista provisional de admitidos por parte del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, desde el martes 21 de noviembre de 2017 la lista está disponible en la sede del Ministerio (Paseo del Prado nº 18-20, Madrid), en las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno y, por primera vez, en la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, seleccionando a continuación, Sanidad > Profesionales > Formación > Convocatoria Actual > Listados publicados de aspirantes.

Del total de las 14.811 solicitudes recibidas para presentarse a las pruebas de acceso a las plazas de Formación Sanitaria Especializada para la convocatoria 2017-2018 han sido admitidos al examen 13.244 aspirantes.

Los admitidos deben verificar la exactitud de todos los datos incluidos en la lista y, si fuera necesario, presentar en un plazo máximo de 10 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de las listas, la reclamación correspondiente siguiendo este modelo.

En el caso de los candidatos NO admitidos, junto con la reclamación se deberá incluir el/los documentos requeridos en función de la causa que ha impedido su admisión en la lista provisional.

¿Por qué no me han admitido en la lista provisional?

  • Falta de DNI, Pasaporte o equivalente:

Generalmente se trata de la ausencia de la copia auténtica del documento, de la falta de cumplimentación del número en la casilla correspondiente del Modelo 790 (o error en la trascripción del mismo) o porque el documento esté caducado.

  • Acreditación del Título de Medicina:

Es necesario aportar una fotocopia compulsada del título de Graduado o Licenciado (o de la homologación, reconocimiento o equivalencia en el caso de títulos expedidos por Universidades extranjeras). En este plazo se podrá aportar la certificación académica de los estudios. Tanto el título como los méritos académicos se deben haber obtenido antes del 28 de septiembre de 2017.

  • Falta de firma de los documentos enviados a Sanidad:

Supone la aceptación de las condiciones del proceso y consentimiento expreso del aspirante al Ministerio para el tratamiento de sus datos personales durante la evaluación de acceso a la formación especializada. Este requisito quedará subsanado enviando el formulario de reclamación firmado.

  • Titulación no apta para extranjero no comunitario:

Documento acreditativo de ser ciudadano de la Unión Europea, tener régimen comunitario o autorización de residencia permanente o temporal en España.

  • Falta de acreditación de conocimiento del idioma español en el caso de aspirantes extranjeros que no estén exentos:

Este es el último plazo para aportar el Diploma de español C1 o C2, expedido con carácter oficial por la persona titular de la Dirección del Instituto Cervantes, o un Certificado acreditativo de la adquisición de las competencias correspondientes a los cursos especializados de los niveles C1 y C2, expedido por el órgano competente de la administración educativa de la correspondiente comunidad autónoma, o en su caso del Estado.

  • Falta de Renuncia previa:

Exigida para los aspirantes que hayan ocupado una plaza de residente obtenida en anteriores convocatorias. Para poder presentarse nuevamente será necesario entregar el documento con la aceptación del centro y la especificación de la fecha de extinción del contrato en formación, la cual no podrá ser posterior al 28 de septiembre de 2017 (fecha límite para la presentación de solicitudes).

  • Abono de las tasas de derecho al examen:

Por la falta de la realización del mismo, por la ausencia del justificante del abono de las tasas, generalmente 30,19 € (esta puede variar en función de las condiciones de cada uno, puedes consultar tu caso aquí) o por no enviar la documentación que justifique la exención o reducción del importe del mismo.
Se solventará enviando el documento, modelo 790, que justifique el abono de los derechos de examen y, si fuera necesario, la documentación que acredite la condición de discapacitado, familia numerosa, víctima del terrorismo o demandante de empleo (fecha de inscripción y firma en el modelo 790).
En el caso de que se haya realizado un importe incompleto de la tasa se podrá abonar la diferencia en los 10 días de reclamación a la relación provisional de admitidos, utilizando un nuevo Modelo 790 .

  • Fuera de plazo:

Se deberá enviar el documento que pruebe que la solicitud fue presentada dentro de plazo (hasta el 28 de septiembre), en un registro autorizado.

  • En el caso de ciudadanos extranjeros no comunitarios Declaración Jurada:

Podrá ser enviada en el plazo de la reclamación utilizando este modelo o en las oficinas de registro del Ministerio y de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.

  • Falta de autorización de estancia legal en España:

En caso de ser requerido, el aspirante deberá enviar el documento que justifique que estaba autorizado a permanecer en España en el plazo de la presentación de instancias, o, acreditar que se encontraba en su país.

  • Turno de discapacidad:

Falta de documento acreditativo que justifique su condición. En el periodo de reclamación se podrá presentar la documentación pertinente y solicitar la inclusión en este turno. Por otra parte, se han declarado No Admitidos a los aspirantes que han solicitado participar por el turno de discapacidad y que ya se les adjudicó plaza por este turno en las convocatorias de 2013-14 y/o posteriores y han obtenido un título de especialista.

  • Otros: podrá ponerse en contacto con la Subdirección General de Ordenación Profesional en el 91 5961181 – 915961808 y seguir sus indicaciones.

Se aconseja el correo certificado urgente para el envío de las reclamaciones.

Correo electrónico

Los aspirantes que hayan cumplimentado en su solicitud una dirección de correo electrónico recibirán información por e-mail. Si algún aspirante no recibiese esta información deberá solicitar a la Subdirección General de Ordenación Profesional que se compruebe si es correcta su dirección de correo electrónico. También pueden comprobar su dirección de correo electrónico en la página Web del Ministerio en Sanidad > Profesionales > Formación > Convocatoria Actual > Situación personal en la convocatoria. Al llegar a esta opción, el sistema les pedirá que tecleen el número de identificación (DNI, NIE o pasaporte) que hayan reflejado en el Modelo 790 de solicitud.

Méritos académicos del Tercer Ciclo

Excepto para aspirantes a Radiofísicos Hospitalarios

Asimismo, este es el último plazo para aportar al expediente del aspirante, certificación académica personal o el título, que acrediten la obtención de la Tesis Doctoral y el Grado de Doctor. La fecha de obtención deberá ser anterior al 28 de septiembre de 2017, día en que finalizó el plazo de presentación de instancias. No se admiten papeletas de examen ni certificados que no sean certificaciones académicas personales. En el caso de aspirantes extranjeros, solamente se valorarán los títulos de doctor homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con fecha anterior al 28 de septiembre de 2017.

Relaciones Definitivas de Admitidos

Examinadas las reclamaciones que se puedan presentar, las relaciones definitivas, una vez aprobadas, se exhibirán a partir del 9 de enero de 2018, y en ellas se anunciarán las Aulas y Mesas de Examen señaladas a cada aspirante.

Subdirección General de Ordenación Profesional.

Paseo del Prado 18 – 20, 28071. MADRID.

Teléfono: 91 596 18 11 y también en la web.

2 comentarios

  1. Gabriela Rodas Responder

    Buen día, si en la lista provisional de admitidos del examen MIR aparezco como no admitida por falta de autorización de estancia legal en España, ya que estando en mi país mandé mi papelería para ser inscrita por una tercer persona en España, ustedes saben ¿cómo puedo demostrar que estaba en mi país al momento de la inscripción ? O si saben si está situación se puede arreglar.

    Gracias

    • Estimada Gabriela,
      Si te piden la falta de autorización de estancia en nuestro país, te están solicitando que acredites documentalmente que estabas legalmente autorizada para permanecer en España en el plazo de presentación de instancias o, como es tu caso, acreditar que te encontrabas en tu país, debes preguntar a algún estamento oficial cómo te pueden expedir dicho documento.
      Deberás presentarlo junto con el modelo de reclamación en una de estas oficinas de registro, en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno que las remitirán al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través del Registro Electrónico Común y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
      Si necesitases más información puedes ponerte en contacto en:

      Ministerio de Sanidad
      Paseo del Prado nº 18-20, planta baja, esquina con Lope de Vega
      28014 Madrid
      También puedes llamar a la Unidad Administrativa responsable a través del teléfono 91 596 11 81 (de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes)
      O a los siguientes números:
      . 91 596 10 89
      . 91 596 10 90
      . 901 400 100

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